En aplicación de lo       establecido en la disposición adicional quinta del Decreto       302/2010, de 1 de junio, quienes deseen solicitar una comisión de       servicio deberán cumplimentar el formulario web correspondiente       que figura en el portal de la Consejería de Educación y que se       podrá imprimir a continuación. La cumplimentación de dicho       formulario generará una solicitud identificada con un número.
Las solicitudes así cumplimentadas se podrán presentar en los registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, dichas solicitudes también podrán teletramitarse, mediante el uso de claves privadas compartidas enviadas al terminal móvil de la persona solicitante.
Las solicitudes así cumplimentadas se podrán presentar en los registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, dichas solicitudes también podrán teletramitarse, mediante el uso de claves privadas compartidas enviadas al terminal móvil de la persona solicitante.
Formulario         Web Comisiones PROVINCIALES, INTERPROVINCIALES E         INTERCOMUNITARIAS
(Personal actualmente           en Andalucía)
Enlaces 
Formulario       Web para NUEVAS Comisiones INTERCOMUNITARIAS
-Sólo para el personal         de otras Comunidades Autónomas que solicitan Comisión de         Servicio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Enlaces 
